IGUALDAD, MÁS QUE UN PLAN

 

16:00h. Presentación

Dª. Sofía de Andrés García.

Diputada 1ª del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia. Coordinadora del Curso.

16.10 a 17.30h. 1ª ponencia. De los arts. 9-2, 10 y 14 de la C.E. a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. El inicio.

Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. La dignidad de la persona, derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.

¿Mala dirección o vulneración de derechos fundamentales?

Ponentes:

Dª. Ana Mejías García. Abogada laboralista de UGT-PV.

Dª. Sofía de Andrés García. Abogada especialista en Derecho Laboral.

17.30 a 19.00h. 2ª ponencia. Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, una herramienta a explorar.

La ausencia de discriminación.

Educando transversalmente: asumiendo nuevos deberes La paternidad responsable.

La igualdad de los operadores jurídicos ¿es un fiasco o una meta? El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. Sin embargo, cuando se trata de la maternidad o la paternidad de quienes ejercemos la abogacía, se produce por parte de la Administración una discriminación total respecto del trato que reciben funcionarios y trabajadores públicos.

Es necesario abordar el derecho a la suspensión, también de los plazos procesales, ante una IT, maternidad, paternidad, cuidado de la familia tal y como se contempla para el resto de operadores, pues el principio de igualdad es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. De no ser así, no hay garantía de la igualdad, en el acceso al empleo, al trabajo por cuenta propia, en la promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas pudiendo estar ante una clara discriminación, y así esta LO califica como discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad, como es el caso.

El Observatorio de Igualdad del ICAV.

Ponentes:

Dª. Patricia Madrona García. Abogada especialista en Igualdad. Coordinadora Observatorio de Igualdad.

Dª. Victoria Villanueva Gimeno. Abogada laboralista.

  INSCRIPCIONES ASISTENCIA PRESENCIAL (Hasta las 8:00H del 25/09/2023 o hasta cubrir aforo. Plazas limitadas):

Formación CVCA-ICAV: Igualdad, más que un plan ¡GRATUITO! – Ilustre Colegio de Abogados de Valencia – ICAV

 INSCRIPCIONES ASISTENCIA EN STREAMING (Hasta dos horas antes del inicio del curso):

 https://us06web.zoom.us/webinar/register/WN_QuUIGr58TUCdlV5hNFmz8w

 La inscripción online está limitada a 3000 asistentes, que se aceptarán por orden de inscripción.

 El Consejo Valenciano de Colegios de Abogados expedirá Diploma de asistencia a quienes hayan asistido, el día de celebración del curso, al menos al 80% de las horas impartidas, ya sea en formato presencial o streaming.

 Se podrá pasar lista, en cualquier momento del curso, de manera verbal o escrita, para verificar la efectiva asistencia de las personas que aparezcan conectadas online, entendiéndose que no están asistiendo si no ofrecen inmediata respuesta.

Zoom envía un mensaje de confirmación cuando se aprueba la inscripción. Si no recibe ese mensaje en su correo, póngase en contacto con inscripciones@cvca.es

 No se pueden inscribir dos personas con el mismo correo.

Cumplimente el formulario de zoom correctamente. Los datos introducidos serán utilizados para la confección de los Diplomas/Certificados.

 Con posterioridad, los materiales, en su caso, y vídeos, serán subidos a la web del Consejo, pudiendo ser visionados por cualquier letrado/a, inscrito/a o no previamente en el curso.

Fecha

Sep 28 2023
¡Caducado!

Hora

4:00 pm - 9:00 pm

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