Written by Beatriz Gomar
03/04/2020
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Estimados compañeros, como abogados, nos encontramos ante un cambio trascendental en nuestro sistema judicial impulsado

Una de las funciones que más trabajo da a las Juntas de Gobierno de los Colegios y a los Consejos son las denuncias por infracciones deontológicas y ello pese a que todas los abogadas y abogados conocen y saben de su obligación de observar un comportamiento ajustado a las normas deontológicas y los principios éticos de nuestra profesión.
Esta publicidad, efectuada en una página web, supone no solo una de las prácticas más éticamente reprobables y más rechazadas de la abogacía, la de los cazadores de ambulancias, la de los carroñeros en busca de carnaza, en este caso, de negocio cuando la gente sufre y es más vulnerable, cuando carece de plena y serena libertad para la elección de abogado.
Como se dice en el Preámbulo del Código Deontológico, sus normas “no imponen limitaciones a la libre competencia, sino que se erigen en deberes fundamentales en el ejercicio de la función social de la Abogacía en un Estado de Derecho, que exige desempeñarla con competencia, de buena fe, con libertad e independencia, lealtad al cliente, respeto a la parte contraria y guardando secreto de cuanto conociere por razón de su actuación profesional” “La honradez, probidad, rectitud, lealtad, diligencia y veracidad son virtudes que deben adornar cualquier actuación. Ellas son la causa de las necesarias relaciones de confianza con el cliente y son la base del honor y la dignidad de la profesión.”