ENTRA EN VIGOR EL NUEVO ESTATUTO DEL COLEGIO DE LA ABOGACÍA DE SUECA
Por RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2023, de la directora general de Justicia, se acordó inscribir los nuevos Estatutos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Sueca, en el Registro de colegios profesionales y consejos valencianos de colegios profesionales de la Comunitat Valenciana. La citada Resolución ha sido publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 27.10.2023 (nº 9713).
Unos días antes, por Decreto 157/2023, de 12 de septiembre, del Consell, se modificó la denominación del Ilustre Colegio de Abogados de Sueca, por la de Ilustre Colegio de la Abogacía de Sueca (DOGV 9689, 22.09.2023). Dicha modificación fue inscrita en el referido Registro de Colegios Profesionales de la Abogacía en esa misma fecha.
Por Decreto de 5 de mayo de 1838, el entonces Ministerio de Gracia y Justicia aprobó los “Estatutos para el régimen de los Colegios de Abogados del Reino”. El artículo 2 permitía establecer nuevos Colegios: 1º en todas las ciudades y villas donde residan los Tribunales supremos y Audiencias del reino; 2º en todas las capitales de provincia; 3º en todos los demás pueblos donde hubiere 20 abogados, al menos, de residencia fija; y 4º, en todos los partidos judiciales donde hubiese igual número de 20 abogados, aunque residan en diferentes pueblos de un mismo partido.
Dado que Sueca no tenía tribunales superiores ni era capital de provincia, tuvo que esperar a reunir el requisito de más de 20 abogados en el partido judicial para constituir el Colegio de Abogados de Sueca, lo que sucedió el 17 de agosto de 1841, en que fue fundado el Colegio por 23 abogados residentes en el partido judicial y nombrado su primer Decano, D. Asensio Blasco.
Mucho ha llovido desde entonces y hoy, casi dos siglos después, el ejercicio de la profesión ha cambiado radicalmente, Desde la incorporación de las mujeres, cada vez mayores en número, a la apertura y necesaria adaptación a la normativa de la Unión Europea y a las nuevas leyes de Colegios Profesionales y, tras la promulgación del nuevo Estatuto General de la Abogacía Española, que regula nuestra profesión, mediante el RD 135/2021, de 2 de marzo, se hacía necesaria y exigible la adaptación del Estatuto propio de este Colegio, con pleno respeto a la normativa de aplicación y a las competencias que la Comunidad Autónoma Valenciana y el Consejo Valenciano de Colegios de Abogados tienen asumidas según la legislación en vigor.
Con este nuevo Estatuto se dota al Colegio de una normativa propia adaptada a los tiempos actuales, tal como corresponde a una corporación que actúa en el ámbito del derecho administrativo, recogiendo e incorporando los nuevos modos de relacionarse el Colegio tanto con sus colegiados y colegiadas como con los usuarios y consumidores, a través de la ventanilla única, sin perder de vista los fines y funciones, apostando por una formación continua siempre bajo el presupuesto y lema de la abogacía, que este Colegio ha hecho propio, de la necesidad de contar con una abogacía de excelencia para ofrecer una justicia de calidad. Debemos también destacar la nueva regulación del acceso a la profesión y a los turnos de oficio y asistencia, así como el reconocimiento, por primera vez, de los despachos multidisciplinares.
Conforme a las distintas modificaciones legislativas liberalizadoras de los Colegios profesionales, se introduce el principio de colegiación única, no se regula el tema de la publicidad, se ha suprimido toda referencia a los baremos colegiales o fijación de normas de honorarios por parte del Colegio. Por el contrario, sí se regula con mayor detalle las infracciones de las normas deontológicas y su sanción.
Tampoco podemos de hacer una breve referencia a que el cambio de nombre del Colegio de Abogados por el de Colegio de la Abogacía y el lenguaje inclusivo utilizado en todo el texto son un reconocimiento a la igualdad de la mujer no solo en cualquier ámbito, sino en el propio de nuestra profesión, donde el incremento paulatino de la incorporación de mujeres al ejercicio de la profesión hasta prácticamente la paridad es un hecho objetivo.
Hubo que esperar 138 años desde la fundación de este Colegio para que el 29.05.1979 se incorporara a nuestro colegio la primera abogada, Asunción Sanchis Carrasquer, nuestra primera toga femenina, nieta, hija y hermana de abogados, quien todavía continúa en activo, ostentando el cargo de Secretaria de este Colegio.
En la actualidad este Colegio está formado en un 45% por mujeres, mientras que los hombres representan el 55%, si bien estos porcentajes se van aproximando cada año, habiendo superado en los últimos años las colegiaciones de mujeres a la de hombres. Este reconocimiento del creciente papel de la mujer en la abogacía y el compromiso colegial con y por la igualdad es el que llevó a que con fecha de 7 de junio de 2022 se aprobara por unanimidad en Asamblea General Extraordinaria el cambio de denominación del Colegio de Abogados por el de Colegio de la Abogacía de Sueca.
https://dogv.gva.es/datos/2023/10/27/pdf/2023_10389.pdf
A través del siguiente QR podéis tener acceso al contenido del nuevo Estatuto