TURNO DE OFICIO DE VIOLENCIA DE GENERO: SI A LA ESPECIALIZACION. NO A LA EXCLUSIVIDAD.
Gabriela Bravo, Consellera de Justicia, en su turno como ponente en el foro organizado por el Consejo General de Graduados Sociales para conmemorar el día de la Justicia Social, que se celebró el 3 de marzo y en el transcurso de su conferencia sobre “Una sociedad sin violencia machista” volvió a reiterar la necesidad de instaurar un turno de oficio especializado y exclusivo, es decir, que además de especializar a los abogados del turno de oficio en violencia de género, los que defiendan a las víctimas de esta lacra no puedan defender a los maltratadores.
Esta es una de las medidas estrella de Gabriela Bravo para frenar el crecimiento de la violencia de genero frente a otras medidas de prevención y protección de las víctimas.
Y esa creación de un turno exclusivo, de la que se han hecho eco los medios, fue ya anunciada por Bravo en diferentes reuniones públicas, entre ellas, la mantenida el pasado mes de diciembre de 2019 con representantes de la Asociación Alanna de Valencia, dedicada a la inclusión social y la erradicación de la desigualdad de género, donde se comprometió a instaurar un turno de oficio especializado y exclusivo para los casos de violencia machista para que un letrado no pueda representar a víctimas y agresores, atendiendo así a una petición que se reitera desde las asociaciones de víctimas de violencia de genero.
Ya entonces la abogacía institucional valenciana mostró su preocupación por la posibilidad de crear una incompatibilidad entre ese abogado defensor y el que defiende a sus agresores por ser claramente discriminatoria y afectar a principios esenciales de la profesión de abogado. Eso no ocurre en ningún ámbito relacionado con asesinato, torturas o en el terrorismo.
Como explicó en aquel momento Vicente Pascual, Decano de Elche “no puede inhabilitarse a un abogado que defienda un caso para llevar otro tipo de asuntos”.
Ahora, por segunda vez, el Consejo Valenciano de Colegios de Abogados (CVCA), que representa a los ocho Colegios de Abogados de la Comunidad, se ha mostrado «rotundamente» en contra de la propuesta de la Consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, Gabriela Bravo, de diferenciar entre letrados especializados en violencia de género según defiendan agresores o víctimas, ya que considera que la medida supone «un desconocimiento sobre la independencia de los profesionales de la abogacía” y afecta al derecho de defensa y al derecho a la presunción de inocencia del justiciable, ambos derechos fundamentales de la ciudadanía». Además, esa medida «implicaría una incompatibilidad en la defensa de los letrados, según se realice a los presuntos agresores o a las víctimas de violencia de género».
Desde el CVCA y, por supuesto, desde nuestro Colegio se tienen claras dos cosas, sin género de duda. La primera es la necesidad de extremar la asistencia y protección a las víctimas de violencia de género, en cuya defensa, la Abogacía está y ha estado en todo momento plenamente comprometida. Y la segunda, consecuencia de la primera, es la necesidad de una formación específica y continúa para los abogados y abogadas en esta materia, con el fin de poder prestar el mejor asesoramiento.
Tampoco podemos perder de vista que, como queda establecido por la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita de enero de 1996 la organización del Turno de Oficio y de la justicia gratuita corresponde a los Colegios de Abogados. Y aquí el Colegio de Abogados de Sueca si ha adoptado medidas efectivas para ofrecer la mejor defensa y protección con la creación de un turno de oficio al agresor. No exclusivo, no contrapuesto al de la víctima, sino un turno específico para, precisamente, extremar la asistencia y protección a las víctimas, evitando, en la medida de lo posible, las demoras innecesarias que se producían cuando el letrado del turno de oficio al detenido asistía también a los agresores. Esta medida no es ni discriminatoria, ni afecta al derecho de defensa y cumple con la finalidad que se busca de esa especial atención a las víctimas.
Como abogacía, no podemos permitir los argumentos esgrimidos desde las asociaciones de víctimas de que un abogado que defiende a la víctima, si luego está del lado del agresor, conoce “triquiñuelas” y “estrategias” que van en contra de la víctima. O que quien defiende a un agresor no está capacitado para defender a una víctima, identificando al abogado con su defendido. Decir esto es tanto como negar el derecho de defensa y atacar a la esencia misma de nuestra profesión, porque el ejercicio de la profesión en determinado ámbito no puede servir para incapacitar para seguir ejerciéndola en otro. No hay que olvidar que los abogados y abogadas hacemos nuestro trabajo conforme a la normativa vigente y ningún reproche cabe hacerse a esto.
Y volviendo a la formación especializada, nuestro Colegio sigue las directrices que se indican desde los protocolos de actuación y desde el Consejo General de la Abogacía Española para prestar el mejor servicio a la mujer víctima de violencia de género.
Y es que además de ofrecer conocimientos jurídicos es necesario abarcar otros aspectos que permiten a las abogadas y abogados adquirir la sensibilización y concienciación necesaria sobre aspectos sociales y psicológicos que afectan a las víctimas; marcándose como objetivo que los abogados/as que deseen pertenecer a este Turno adquieran, además de la formación jurídica exigida, los conocimientos de los distintos protocolos de actuación que les permitan obtener y desarrollar las habilidades necesarias para llevar a cabo un asesoramiento integral y efectivo con las mujeres víctimas. ¿Qué mayor sensibilización que oir el testimonio de las víctimas para empezar un curso como hicimos en el último? Víctimas, Oficina de Víctimas, Delegación del Gobierno, Fiscales, Magistrados, subcomisión de igualdad del CGAE, Consellería de Igualdad… Tipos de violencia, nuevas tecnologías, menores, Convenio de Estambul, Pactos contra la Violencia, Menores…No dejamos ningún aspecto por ver. Eso es otra medida de protección a la víctima. Una abogacía formada es una abogacía especializada.
Desde el ICASUECA entendemos que el compromiso con las víctimas de violencia de género es irrenunciable y prioritario, que ese compromiso también se ve reflejado en la justicia gratuita, en el turno de oficio y que para ello no es necesario exigir renuncias ni posicionamientos. Por eso decimos no al turno exclusivo y excluyente.